lunes, 24 de septiembre de 2007

DOCUMENTOS Y TRAMITES DE EXPORTACION

UNIDAD 2

Las personas morales, así como las personas físicas que deban presentar declaraciones periódicas o que estén obligadas a expedir comprobantes por las actividades que realicen, deberán solicitar su inscripción es el registro federal de contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria, proporcionar la información relacionada con su identidad, su domicilio y en general sobre su situación fiscal, mediante los avisos que se establecen en el Reglamento de este Código.

Cuando las empresas exportadoras soliciten su inscripción en el RFC, deberán proporcionar a las autoridades fiscales la información relacionada con su identidad, domicilio y en general sobre su situación fiscal.

Como persona física con actividad empresarial: Es necesario presentar la solicitud de inscripción al RFC, acompañada entre otros de los siguientes documentos: fotocopia de Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), Original y fotocopia de identificación oficial; Acta de nacimiento en copia certificada o en copia fotostática certificada por un funcionario público competente o fedatario público; Original y copia de comprobante de domicilio.

Como persona moral con fines lucrativos: La Ley General de Sociedades Mercantiles, reconoce que la más frecuente para constituir un empresa es la Sociedad Anónima, cuyos requisitos mas importantes son los siguientes:

Tener 2 socios como mínimo
Contar con un capital social mínimo de $50,000 pesos (moneda nacional)
Constituir la empresa ante notario público y
Registrar el nombre de la empresa en la Secretaria de Relaciones Exteriores (esta es necesario solo para las empresas con actividad exportadora)

El exportador debe tomar en cuenta que el RFC es indispensable para:

Aprovechar los mecanismos de apoyo como por ejemplo PITEX, ALTEX, Programa de Maquila
Solicitar devoluciones o acreditamiento de IVA
Realizar trámites ante las dependencias del gobierno y las instituciones bancarias (tramitación de pedimentos de importación / exportación, abrir cuentas bancarias y recibir pagos del exterior entre otras)

PROPIEDAD INTELECTUAL

En el comercio internacional resulta necesario proteger los derechos de propiedad intelectual, ya que son susceptibles de plagio, lo cual deteriora la imagen de la empresa o del producto y ello afecta la rentabilidad de los negocios.

Para evitar tas prácticas, México y otros países cuentan con leyes y organismos para la protección y el registro de los derechos de propiedad intelectual, con motivo de la apertura comercial, en México se han realizado múltiples adecuaciones a las disposiciones legales que afectan el comercio exterior.

Así mismo desde 1996 en nuestro país se cuenta con el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR), como un organismo desconcentrado de la Secretaria de Educación Pública, de igual manera contamos con el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), organismo público descentralizado, agrupado en el sector coordinado por la Secretaria de Economía.


REGISTRO ANTE LA CÁMARA CORRESPONDIENTE

En México no es obligatorio inscribirse ante la Cámara u organismo de coalición empresarial alguno. Sin embargo, los empresarios podrán evaluar los beneficios de formar parte de uno de ellos, en función de las ventajas y beneficios que tal afiliación les brinde.


MARCADO DE PAÍS DE ORIGEN

Cada país importador puede exigir para el ingreso o consumo en su territorio, que una mercancía o sus envases ostenten un marcado de país de origen, como información al consumidor final. En México se han establecido las Normas Mexicanas, de cumplimiento voluntario o las Normas Oficiales Mexicanas, de cumplimiento obligatorio.

El marcado de un país de origen se puede realizar en el idioma del mercado del país de destino; cabe aclarar que, en esta situación, se deberá cumplir con las regulaciones no arancelarias que defina cada país importador.

DESPACHO ADUANERO

Una parte importante de la exportación es el despacho aduanero, que consiste en el conjunto de actos y formalidades que se deben realizar en la aduana, relativos a la salida de, mercancías del territorio nacional.

El despacho aduanero se debe realizar por conducto de una gente aduanal o de un apoderado aduanal, quienes están legalmente autorizados para actuar a nombre del exportador.

Como otra de las bondades del TLC, no paga Derecho de Tramite Aduanero (DTA) quienes realicen la exportación de mercancías a Estados Unidos, Canadá, etc. Así como otros países que suscriban el TLC en un futuro, en México no existe exigencia alguna para que los exportadores se registren en padrón alguno. Solamente quienes exporten bebidas alcohólicas, etc. Deberán estar suscritos en el “Padrón de Exportadores Sectorial”, que esta a cargo de la Administración General de Aduanas, del Servicio de Administración Tributaria, de la SHCP.

DOCUMENTOS ADUANEROS

Quienes exporten mercancías están obligados a presentar ante la aduana, por conducto de un agente aduanal o de un apoderado aduanal, un pedimento, que deberá incluir la firma electrónica que muestre el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias a que se encuentren sujetas las mercancías. A dicho pedimento se le debe acompañar de:

· La factura comercial, o en su caso, cualquier documento que exprese el valor comercial de las mercancías.

Requisitos legales obligatorios de los comprobantes fiscales:

· Ser impresos en establecimientos que autorice la SHCP
· Contener la fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado
· Señalar en forma expresa si el pago de la contraprestación que ampara se hace e una sola exhibición o en parcialidades
· Contener impreso el número de folio correspondiente
· Contener impreso el nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave de registro federal de contribuyentes de quien lo expide
· Lugar u fecha de expedición
· Contener impreso el nombre, denominación o razón social y domicilio del comprador
· Los comprobantes podrán ser utilizados por el contribuyente en un plazo máximo de dos años, contados a partir de su fecha de impresión.

Requisitos no obligatorios de los comprobantes fiscales, relativos a la operación comercial de la exportación:

Contener impreso el nombre, denominación o razón social del consignatario
País de origen
País de destino
En su caso, anotar la utilización de una Carta de Crédito
Medio de trasporte
Puerto de carga
Puerto de descarga
Marcas y números
Tipo de envase y embalaje
Peso neto
Peso bruto
Etc.

En el país de destino es necesario que todo embarque se empaque con una factura comercial, no se exigirá la presentación de facturas comerciales en las exportaciones efectuadas por embajadas, consulados o miembros del personal diplomático.

Los documentos que comprueben el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias a la exportación, que se hubieran expedido de acuerdo con la Ley de Comercio Exterior y se identifiquen en términos de la fracción arancelaria y de la nomenclatura que les corresponda conforme a la Tarifa de la Ley de Impuestos Generales de Importación y Exportación.

Cuando las mercancías sean susceptibles de identificarse individualmente, deberán indicarse los números de seria, parte, marca y modelo o en su defecto las especificaciones técnicas.

El agente aduanal o el apoderado aduanal deberán imprimir en el pedimento su respectivo código de barras o usar otros medios de control que establezcan la SHCP.

Además el agente aduanal podrá solicitar al exportador los siguientes documentos:

Copia del RFC
Carta constitutiva para el embarque de mercancías
Reservación en la agencia naviera en la que se efectuara el embarque de la mercancía
Si la clase o naturaleza de la mercancía así lo requiere, deberá agregarse lo siguiente:
Permisos o autorizaciones, certificados de análisis químicos y lista de empaque.

El certificado de origen, en caso de que el comprador extranjero lo solicite, aunque no es obligatorio presentarlo en el despacho aduanero de exportación.


LISTA DE EMPAQUE

La lista de empaque, es un documento que permite al exportador, transportista, compañía de seguros, aduana y al comprador, identificar el contenido y tipo de cada bulto, en donde se encuentran contenidas las mercancías para su transporte; por ello debe realizarse una lista de empaque metódica que coincida con la factura, lo cual significa para el exportador que durante el transporte de sus mercancías dispondrá de un documento claro que identifique el embarque completo, ya que, en caso de percance, se podrán hacer las reclamaciones correspondientes a la compañía de seguros u otras.

En la liste de empaque se identificara:

· La cantidad exacta de los artículos que contiene cada bulto y el tipo de embalaje
· En cada bulto se deben anotar, en forma clara y legible, los números y las marcas que lo identifiquen
· Se debe procurar contener e identificar la mercancía del mismo tipo, ya que esto simplifica y facilita la revisión de la aduana

La lista de empaque no es un documento exigido por la ley para realizar el despacho aduanero de la mercancía, sin embargo facilita este trámite; es elaborada por el exportador y se utiliza como complemento de la factura comercial, se debe entregar una copia.




CERTIFICAION DE CALIDAD Y CUANTIFICACION DE MERCANCIAS

Para reducir riesgos inherentes o las operaciones de comercio exterior, pueda acudirse a empresas internacionales que vigilan e inspeccionan la carga, a fin de verificar el cumplimiento de las especificaciones pactadas, las ventajas de estas empresas son:

· Cuentan con una red internacional de expertos en diferentes temas técnicos, la cual abarca la mayoría de los puertos y centros industriales del mundo
· Cuentan con reconocimiento oficial para ciertos actos en la mayoría de los países
· Brindan una extensa gama de servicios en comercio exterior entre los que se encuentran la supervisión de:

1. _calidad, cantidad y precio;
2. _embarque, estiba o descarga;
3. _temperaturas
4. _fumigaciones;
5. _cantidad de cargas y descargas en buques e inspección previa para asegurar su limpieza
6. _inspección de embalaje


TRANSPORTE

Para competir con éxito en los mercados internacionales, es indispensable efectuar un análisis exhaustivo del medio de trasporte. Un parámetro importante de este análisis son los costos y la oportunidad en la entrega.

Como regla general, toda mercancía cuyo valor en relación con su peso sea alto conviene remitirla por vía aérea, ya que el costo de transporte incide en proporción muy baja en el costo del producto. Además, hay que tener en cuenta que a menor tiempo de trasporte, menores son los riesgos, las primas de seguro son más bajas y los costos de embalaje también disminuyen.

Además del costo del flete, se deben considerar otros factores para elegir el medio de trasporte, ya que si el transportista ofrece un servicio irregular, difícilmente se tendrá una entrega a tiempo, lo que provoca quejas de los clientes, la pérdida de ellos e incluso demandas internacionales.

Para el transporte es necesario considerar todo el recorrido de la mercancía, de acuerdo con la negociación pactada. En función de lo anterior, algunos medios que se utilizan son ferrocarriles, camión, avión, barco o una combinación de dos o más de estos (transporte multimodal).

Para decir los medios idóneos de transporte es importante analizar el costo financiero del capital invertido en los inventarios en transito y en bodega. Cuando estos son elevados, el transporte más rápido será más recomendable. Cuando mas lento es un transporte más bajas son sus tarifas; pero el costo financiero se eleva por el inventario requerido.

DOCUMENTO DE TRANSPORTE

Es el documento expedido por la empresa transportista que hace constancia que la mercancía se ha embarcado o se embarcara a un destino y asimismo, de la condición en que se encuentra. El transportista es responsable del envió y de la custodia de la mercancías hasta el punto de destino, de acuerdo con las condiciones pactadas.

Dependiendo del tipo de tráfico y del medio de transporte utilizado (marítimo, terrestre, aéreo o multimodal) por la empresa transportista, este documento se denomina:
Guía aérea (airway Hill) [tráfico aéreo]
Conocimiento de embarque (Hill of landing / B/L) [tráfico marítimo]
Carta porte [auto transporte]
Talón de embarque [ferrocarril]

La información básica que contienen estos documentos es:
Nombre y dirección del remitente;
Nombre y dirección del destinatario o consignatario;
Mercancía que se transporta;
Números de contenedores y
Puertos de destino, entre otros.


CONSIDERACIONES PARTICULARES DEL TRASPORTE MARITIMO

El flete marítimo es le monto que se paga al naviero por concepto del trasporte desde el puerto de origen hasta el de destino. Se fija básicamente a partir de la oferta y la demanda, pero existen ciertos factores que hacen su cálculo mucho más complejo, como por ejemplo:
· La naturaleza de la carga;
· El tonelaje que se transportara;
· El valor de la mercancía;
· Le relación pero-medida;
· La distancia entre los puertos.

EL CONTENEDOR

El contenedor es un medio para almacenar mercancía y transportarla, no un embalaje. Por tanto, el exportador debe atender el embalaje, así como la estiba dentro del contenedor, ya que en atención al INCOTERM negociado, podría correr por su cuenta y riesgo el transporte por carretera o ferrocarril; la carga y descarga del barco y la travesía en este.

Es obligación del exportador describir las características, la cantidad, el envase, embalaje y el peso de los productos por cada contendor, de acuerdo con su tipo y capacidad, debido a que la sobrecarga de las unidades pone en riesgo la mercancía y al mismo contenedor.

Su costo se encuentra incluido en el precio del transporte, y la naviera proporciona al exportador cierta cantidad de días para que el contenedor se cargue.

AGENTES DE CARGA

Para efectos de contratar el transporte, el exportador puede consultar y cotizar por cuenta propia cada uno de los medios de transporte que utilizara para hacer llegar hacer la mercancía la mercancía al punto de entrega, o recurrir a los agentes de carga, quienes proporcionan servicios en materia de planificación, coordinación, control y dirección en todas las operaciones necesarias para efectuar el traslado nacional e internacional de la carga, así como los servicios complementarios al mismo. Entre las principales funciones de los agentes de carga, se encuentran:
Controlar el arrendamiento de contenedores
Planificar y organizar la consolidación de los envíos de uno o varios clientes, para obtener las mejores condiciones económicas
Proponer la opción más adecuada del medio o medios de transporte, de acuerdo con el tipo de carga y su destino.
Proporcionar el servicio de puerta a puerta
Proporcionar otros servicios relacionados con el transporte internacional de mercancías


SEGUROS

El seguro de transporte de carga

El seguro incluye una serie de coberturas para resarcir al asegurado por las pérdidas o daños materiales que sufran las mercancías durante su transporte por cualquier medio o combinación de medios. Lo debe contratar quién tenga interés en la seguridad de los bienes durante su transporte al destino final.
Durante el tránsito de los bienes, se cubren los riesgos por pérdida total o parcial y por daños materiales sufridos a causa de algunos de los siguientes siniestros: incendios, explosión, hundimiento, colisión, caída de aviones, volcaduras y descarrilamiento.
Para cubrir riesgos especiales, las empresas aseguradoras realizan un análisis previo por convenio expreso. Tales riesgos son: huelgas y alborotos populares, guerra, robo con violencia o asalto a mano armada, desviación o cambio de ruta, trasbordo u otra variación en la ruta, así como almacenaje en exceso durante su tránsito.
Los seguros tienen vigencia desde el momento en que los bienes quedan a cargo del porteador para su transporte. La vigencia continúa durante el curso normal de su viaje y termina con la descarga de los bienes en su destino final, en cuyo caso la protección es por el viaje completo. Cuando se solicita solo por el recorrido desde el puerto marítimo o aduana terrestre de entrada al país hasta el punto de su destino final, se considera como seguro intermedio o parcial.
La suma máxima de responsabilidad debe corresponder al total de valor de factura, más fletes, derechos o impuestos de importación y todos los gastos propios de la transacción comercial internacional.
En caso de siniestro, se debe enviar un escrito de reclamación dentro del plazo establecido en la póliza, adjuntando lo siguiente:

§ Copia certificada de la protesta del capitán del buque (vía marítima).
§ Certificado de daños.
§ Factura y documentos probatorios de los gastos en que se incurrió con motivo del transporte (maniobras, etc.).
§ Copia del conocimiento de embarque.
§ Copia de la reclamación de los porteadores.

Los seguros se pueden contratar para un viaje específico, pero también es posible adquirir una póliza anual.

Reclamación al transportista o porteador

Cuando un embarque tenga señales de avería, no deberá darse por recibido si antes no se realiza lo siguiente:

q Presentar por escrito la reclamación al porteador o transportista.
q Solicitar la inspección de los bienes y la certificación de daños a la compañía transportista, notario público, autoridad judicial, postal o policía local, según sea el lugar de los hechos.
q Dar aviso a la empresa aseguradora.

Estos casos se deben efectuar en un plazo de 4 días hábiles después de la terminación del viaje, o en el momento en el que se tenga conocimiento del siniestro.
Sobre riesgos comerciales

En México, este seguro cubre los riesgos de carácter comercial originados por la incapacidad financiera del importador para cubrir sus deudas (insolvencia). Los tipos de insolvencia que cubre este seguro son los siguientes:

Insolvencia legal. Ocurre cuando existe una declaración judicial de quiebra, suspensión de pago o algún acto jurídico similar, que impida el cobro de crédito asegurado.
Insolvencia de hecho. Se presenta cuando el deudor se encuentra en una situación económica tal, que el ejercicio de una acción jurídica en su contra para recuperar el crédito resultaría inútil.
Mora prolongada. Sucede cuando transcurren seis meses desde el vencimiento del crédito y éste no se ha podido cobrar a pesar de las gestiones efectuadas. De no configurarse ante algunos de los dos tipos de insolvencia citados (legal o de hecho), seis meses es el plazo máximo que puede transcurrir para que el seguro se haga exigible. Este tipo de seguros se puede tramitar, de manera independiente a los otros, ante Seguros Bancomext, S.A. de C.V.

De responsabilidad civil

Uno de los requisitos indispensables para realizar operaciones comerciales en los mercados internacionales, en especial en el de Estados Unidos, es la contratación de un seguro de responsabilidad civil. Éste cubre los daños, así como los perjuicios y el daño moral que el uso del producto comerciado por el asegurado puede causar a terceros y por los que éste deba responder, en apego a la legislación vigente en la materia. El costo de este seguro debe incorporarse al precio de exportación o negociarlo con el cliente.
En el caso de los productos de exportación, la cobertura se extiende hacía los países en los que el proveedor concrete sus exportaciones y se sujete a la legislación aplicable en la nación destinataria.

ALGUNOS CONSEJOS PARA EXPORTAR

¨ Localice un agente aduanal que atienda sus exportaciones
¨ Establezca una ruta de exportación
¨ Elija el medio o medios de transporte más adecuados
¨ Revise la congruencia entre los documentos con respecto a lo embarcado
¨ Separe correctamente los bultos con marcas para que sean identificados inmediatamente
¨ Prepare los tiempos de entrega considerando eventualidades
¨ En tráfico marítimo, reserve con anticipación un lugar en el barco o el en contenedor
¨ Evalúe los servicios de transportistas y verifique sus alcances y responsabilidades
¨ Evalúe la posibilidad de contratar un seguro internacional de transporte
¨ Existen publicaciones de Bancomext sobre éste tema, que pueden ser de utilidad para iniciar su actividad exportadora, entre ellas: “la clave del comercio: libro respuesta para el exportador”; “Medios de transporte internacional”; “Formación del precio de exportación”; “Envase y embalaje para exportación”.

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